El proyecto Asesoramiento a los sectores industriales de la Comunitat Valenciana sobre el Reglamento REACH consiste en impulsar una acción coordinada multisectorial, contando con la colaboración de los Institutos Tecnológicos de la Comunidad Valenciana que están vinculados a los sectores cuyas empresas se ven afectadas por el Reglamento REACH (y en un futuro por el SAM), como productores, importadores o usuarios.
De esta forma, se aunarían esfuerzos, evitando la dispersión de actividades y distribuyendo mejor los recursos humanos y económicos que los Institutos destinan al apoyo a las empresas que integran los diferentes subsectores en su adecuación al Reglamento REACH. De forma coordinada, se llevarán a cabo las acciones necesarias para facilitar a las empresas su correcta adecuación a la nueva reglamentación.
El Reglamento (CE) nº 1907/2006 (en adelante denominado REACH, acrónimo de Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de sustancias y mezclas químicas) entró en vigor el 1 de junio de 2007 y tiene como objetivo principal mejorar la protección para la salud humana y el medio ambiente frente al riesgo que puede conllevar la fabricación, comercialización y uso de las sustancias y mezclas químicas.
En principio el REACH es de aplicación para todas las sustancias químicas presentes en la vida diaria ya sea como tales, en forma de mezclas o contenidas en artículos, siendo, por tanto, de aplicación en sectores económicos de índole diversa.
El REACH es un reglamento transversal que en mayor o menor medida aplica a toda la industria, incluso a empresas que en principio podrían no considerarse ligadas a la industria química.
En función de la actividad de la empresa, el Reglamento REACH establece los siguientes roles:
- Fabricante – empresa europea que fabrica sustancias químicas.
- Importador – empresa europea que se encarga de introducir en la UE productos químicos procedentes de fuera de la UE.
- Usuario intermedio – empresa europea que usa productos químicos en su actividad industrial o profesional.
- Distribuidor – empresa europea que no usa productos químicos, únicamente los almacena y comercializa a terceros.
- Productor de artículos – empresa europea que fabrica o ensambla un artículo en la UE.
- Representante exclusivo – empresa europea que ha sido designada por una empresa no europea (fabricante, formulador de mezcla o productor de artículos) con el fin de cumplir con los requisitos que se establecen para los importadores a efectos del REACH.
Para cumplir con las disposiciones del REACH las empresas deben identificar y gestionar los riesgos asociados a las sustancias que fabrican y comercializan en la Unión Europea. Deben demostrar cómo usar dichas sustancias de manera segura y comunicar toda aquella información relativa a las medidas de gestión de riesgos a las partes implicadas.